Decreto sobre el uso de la Tercera Edición del Misal Romano
Decreto Nº 001/201012/03/2010POR EL QUE SE MANDA
EL USO DE LA TERCERA EDICIÓN TÍPICA LATINA DEL MISAL ROMANO EN SU VERSIÓN
CASTELLANAVISTA:
La
aprobación de la Santa Sede de la versión castellana de la tercera Edición
típica del Misal Romano para Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay y Uruguay y la
disponibilidad del texto impreso, para nuestro país.CONSIDERANDO:
Lo
establecido en el canon 838 § 2: “Corresponde a la Sede Apostólica organizar la
sagrada liturgia de la Iglesia universal, editar los libros litúrgicos y
revisar sus traducciones a lenguas vernáculas, así como vigilar para que las
normas litúrgicas se observen fielmente en todas partes”.Y
el § 3: “Toca a las Conferencias Episcopales preparar las traducciones de los
libros litúrgicos a las lenguas vernáculas, convenientemente adaptadas dentro
de los límites determinados en los mismos libros litúrgicos, y editarlas, con
la revisión previa de la Santa Sede”.El
mandato de la 187ª Asamblea Plenar...